Calculadora de CTS (Compensación por Tiempo de Servicios)
Calcula el depósito semestral computable de mayo a octubre con base en tu remuneración fija y variables de ley.
Resultado del Cálculo Semestral
* El depósito no está sujeto a descuentos de pensiones (ONP/AFP) ni Impuesto a la Renta.
Preguntas Frecuentes sobre la CTS
¿Quiénes tienen derecho a percibir la CTS en noviembre? ▼
Todos los trabajadores del régimen laboral privado formal que laboren una jornada mínima diaria de cuatro (4) horas y que cuenten al menos con un mes de servicios dentro del semestre mayo - octubre.
¿Cómo se evalúa el criterio de regularidad en las horas extras y comisiones? ▼
De acuerdo al artículo 16 del D. Ley 650, si el colaborador percibió ingresos variables durante al menos 3 meses en el semestre de 6 meses, dichos montos se acumulan y se dividen entre seis (6) para formar parte de la Remuneración Computable. Si se cobró en solo 1 o 2 meses, el monto no califica.
¿Qué sanción enfrenta la empresa si no deposita la CTS a tiempo? ▼
No depositar la CTS en el plazo legal fijado (15 de noviembre) es una infracción grave según la normativa inspectiva de SUNAFIL. Las sanciones pecuniarias varían según el régimen y el número de trabajadores afectados, acumulando además intereses financieros legales fijados por la SBS.